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Proyecto de ley del Senado 272

A partir del 1 de julio de 2016, la Constitución de California requiere que las agencias locales, con el fin de garantizar el acceso público a las reuniones de los organismos públicos y los escritos de los funcionarios y agencias públicas, cumplan con una ley que enmienda o promulga leyes registros o reuniones abiertas y contiene hallazgos que demuestran que la promulgación promueve este propósito. Este proyecto de ley requiere que las agencias locales creen un catálogo de sistemas empresariales con actualizaciones anuales.

Sistema empresarial

Paquetes de software de aplicación a gran escala o sistema informático que recopila, almacena, intercambia y analiza la información que utiliza la agencia, que es lo siguiente:

  • Un sistema multidepartamental o un sistema que contiene información recopilada sobre el público.
  • Un sistema para grabar

Un sistema empresarial no incluye ninguno de los siguientes:

  • Sistemas de seguridad de tecnología de la información, incluidos firewalls y otros sistemas de ciberseguridad.
  • Sistemas de control de acceso físico, sistemas de gestión de identificación de empleados, monitoreo de video y otros sistemas de control físico.
  • Infraestructura y sistemas de control mecánico, incluidos los que controlan o administran el alumbrado público, las funciones eléctricas, de gas natural o de agua o alcantarillado.
  • Sistemas relacionados con el despacho y operación del 911 o los servicios de emergencia.
  • Sistemas cuya divulgación estaría restringida de conformidad con la Sección 6254.19.
  • Los registros específicos que el sistema de tecnología de la información recopila, almacena, intercambia o analiza.

Requisito

  1. Cree un catálogo de sistemas empresariales que contenga:
    • Proveedor actual del sistema
    • Producto del sistema actual
    • Una breve declaración del propósito del sistema.
    • Una descripción general de categorías o tipos de datos.
    • El departamento que actúa como custodio principal del sistema.
    • Con qué frecuencia se recopilan los datos del sistema
    • Con qué frecuencia se actualizan los datos del sistema
  2. Poner el catálogo a disposición del público a pedido.
  3. Publicar el catálogo en un lugar destacado del sitio web de la agencia.

Excepción

Si el interés público atendido por no divulgar la información descrita claramente supera el interés público atendido por la divulgación, la agencia local puede, en cambio, proporcionar un nombre del sistema, un título breve o un identificador del sistema.

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